Normativas sobre la comercialización de semillas y partes de plantas en Black Caviar

Consideraciones Legales

Productos permitidos para la venta:

En junio de 2022, INASE aprobó la Resolución 260/22, que permite la comercialización de semillas y esquejes de variedades de Cannabis Sativa L. registradas en el Registro Nacional de Cultivares (RNC). Actualmente, hay una amplia variedad de cultivos nacionales con diversas combinaciones de cannabinoides, terpenos y flavonoides disponibles.

Quiénes están autorizados a vender:

La venta puede ser realizada por los creadores de las variedades que están registradas como Criaderos A en el Registro Nacional de Comercio y Fiscalización de semillas (RNCyFS). Además, los Growshops y viveros que estén debidamente registrados en INASE dentro de la Categoría F del RNCyFS también pueden distribuir estos productos.

Requisitos para la comercialización:

  • Registro de la variedad en el RNC.
  • Etiquetado conforme a las normas de INASE por parte del titular de la variedad que identifique el producto comercializado.
  • Documentación que valide la capacidad para adquirir (inscripción en REPROCANN o en INASE dentro de las categorías autorizadas).

Traslado de Variedades en el RNCyFS

El transporte de plantines, semillas y esquejes de variedades registradas de Cannabis sativa L. está autorizado, siempre que se cuente con la etiqueta identificativa y el remito correspondiente. Esto permite que los comercios de Categoría F, como Black Caviar, reciban esquejes legales sin demoras en los trámites, siempre que tengan el remito de compra y los rótulos requeridos.